Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 01/11/2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 07/11/2024, mediante el cual se escucho el recurso de apelación. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.