este JUZGADO SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, incoada por la Ciudadana ANA TERESA RUIZ GARRIDO, titular de la Cédula de Identidad N° 16.406.062, debidamente asisiitad por le profesional del derecho JAIRO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 116.732 contra la sociedad de comercio GLOBAL MOTORS, C.A.; por haber operado la caducidad de la acción, y así se decide.-