En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia y en Nombre de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, que intentó los ciudadanos WENCESLAO ELOY MONSERRATTE PRATO Y LILINA HERNANDEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.968.295 y V-4.355.139, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado ANTONIO SOSA SEMIDEY, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.724, en contra del ciudadano LEONARDO DAVILA PARISCA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.198.728, por un inmueble ubicado en el identificado con el N° 12 y ubicado en el primer piso del edificio 21, Conjunto Residencial La Fundación Maracay II, Maracay Estado Aragua, el cual tiene una superficie aproximada de Ochenta y Seis Metros con Un Decímetro Cua.....