DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sala N° 8, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado EDUARDO DIAZ MUÑOZ, en representación del ciudadano WALTER ORLANDO OMAÑA SANTANDER, en contra de la decisión emanada del Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17 de julio del 2009.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada, dictada en Audiencia Preliminar celebrada el día 17 de julio de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5 de esta misma Circunscripción Judicial.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes, déjese copia autorizada y remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Tribunal de origen......