DISPOSITIVO:
En orden a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada en el juicio a que se contraen las presentes actuaciones por el prenombrado Juez del Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Dr. RAMÓN CARLOS GÁMEZ ROMÁN fundamentada en el cardinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena al Abogado RAMÓN CARLOS GÁMEZ ROMÁN, en su carácter de Juez Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a seguir conociendo la causa principal contentiva de Amparo Constitucional interpuesto por interpuesto por los ciudadanos PETRA SALCEDO, A.....