DISPOSITIVA
Este Juzgado Segundo en Funciones de Control de Primera Instancia de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescente de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se califica como legitima la aprehensión del adolescente iuris: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por haberse practicado la misma de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Este tribunal ratifica los oficios realizado de fecha 07-09-2018, oficios N° 1158-18 dirigida al S.I.I.P.O.L y el N° 1157-18, para la oficina de Asesoria Jurídica, del Distrito Capital, para dejar sin efecto la orden de Captura N° 047-14, de fecha 19-06-2014, librada con el oficio N° 1297-14 y por este Despacho, en virtud que se materializo dicha orden, siendo remitida la correspondiente compulsa, de la causa en cuestión, al Tribunal Primero en Funciones de Juici.....