este Juzgado Cuarto (04°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Oída la solicitud de la Defensa y opinión de la Vindicta Publica se admite la acusación formulada por el Fiscal 31° del Ministerio Público del Estado Aragua, ABG. MANUEL TRINIDADES, en contra del ciudadano: JAVIER FRANCISCO LAYA ORTIZ, titular de la cedula de identidad V-26.867.627, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracay estado Aragua, nacido en fecha 20-08-1996, de 23 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Ayudante de albañil, residenciado en: BARRIO ALVARO MARTINEZ PAIBA,VEREDA 09, CASA N° 02, SANTA RITA ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas presentados por el Representante del .....