Este Tribunal, deja constancia que la parte demandante, y su apoderado judicial, manifiestan que con el presente acuerdo no tienen nada más que reclamar a la entidad de trabajo demandada AGROPECUARIA ITOTO MANTO, C.A., por concepto de beneficios derivados de la relación que mantuvieron con la accionada; de igual manera la entidad de trabajo demandada a través de sus apoderados judiciales previamente identificados, manifiesta que las cantidad antes señaladas, serán pagadas en la fecha antes señalada, luego que las partes hicieran reciprocas concesiones y con la única finalidad de dar por culminado el presente litigio, y que en ningún caso podrá entenderse reconocimiento y aceptación de los términos de las pretensiones. En este acto esta Juzgadora, deja constancia que visto el escrito transaccional y por haber llegado las partes a un acuerdo positivo, se homologa el mismo. Las partes solicitaron en éste acto se expidan copias certificadas de la presente acta, a los efectos correspondient.....