Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intento el ciudadano HECTOR JOSE AGUILAR CEBALLOS, actuando en su propio derecho y en Representación de la ciudadana OFELIA CEBALLOS DE AGUILAR CONTRA: el Ciudadano MATIAS BLANCO MUÑOZ Este en su
carácter de ARRENDATARIO y el primero en su carácter de ARRENDADOR de un inmueble de su propiedad constituido por Dos (02) Locales comerciales ubicado en la Avenida Los Cedros Barrio Libertad distinguido con el N° 17, Jurisdicción del Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua.
En consecuencia queda resuelto el contrato de
arrendamiento, se condena:
1°. A la parte demandada a hacer entrega del identificado inmueble a la parte demandante, completamente desocupado de b.....