V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por la parte co demandada ciudadana MARIA TORREALBA DE CARDOZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 2.515.939, debidamente asistida por la abogada YULITZA GONZALEZ LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el número 30859, en el presente procedimiento de DESLINDE JUDICIAL.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior se declaran FIRMES los linderos " NORTE: Con dieciocho metros con veinte centímetros (18, 20Mts) con avenida Lisandro Hernández que es su frente. SUR: En veintiún metros con noventa y cinco centímetros (21, 95 Mts) con casa que es o fue de la familia Cardoza. ESTE: En catorce metros con setenta centímetros (14.....