Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de  la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana   de  Venezuela,  declara   CON  LUGAR,   la  demanda  que  por 
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó la ciudadana  ELIA MENDOZA HURTADO, a través de sus apoderados judiciales Abogados  HUMBERTO FRANCISCO BOLIVAR y ABRAHAN JOSÉ MUSSA URIBE, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 48.188 y  43.658 respectivamente, en contra de la ciudadana MERCEDES TOLEDO PERNIA, ésta en su carácter de arrendataria  y la primera de los nombrados en su carácter de arrendador del inmueble  constituido por un Apartamento identificado con el N° 22, ubicado en el piso 2 del  Edificio PAL, situado en las esquinas de aguacate a  Lazarino, 
Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal.-
En consecuencia quedan extinguidas las.....