El Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, oídas las intervenciones de las partes, acuerda emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la Acusación presentada por la Fiscalía Décimo Novena del Ministerio Público contra el Ciudadano FIGUERA CEDEÑO WILLIAM ALFREDO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.274.880, residenciado en: La Morita II, Casa N° 63, Calle 03, Barrio Hugo Peña, Sector Santa Inés, Municipio Linares Alcántara, Estado Aragua, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 31, Parágrafo Cuarto de la Ley Orgánica Sobre el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con la Agravante contemplada en el artículo 46, Ordinal 7° de la referida Ley, así como los medios probatorios ofrecidos por la Representante Fiscal, dada su licitud, necesidad y pertine.....