DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el abogado MANUEL DE JESUS DOMINGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 44.605, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO YSRRAEL MAGALLANES, titular de la cedula de identidad Nº 6.341.548, contra el Acto Administrativo Nº 9700-104-266 de fecha 11 de enero de 2011, emanado del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS (CICPC).
En consecuencia, a los fines de una tutela cautelar efectiva se ORDENA a todas las autoridades del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC), así como a las autoridades del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, suspenda los efectos del Acto Administrativo Nº Nº 9700-104-266 de fecha 11 de en.....