Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga, del estado Aragua La Victoria estado Aragua declara: PRIMERO: REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de la CITACION POR CARTELES y por vía de consecuencia LA NULIDAD de todos los actos consecutivos a dicho estado procesal, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 y 49 del Texto fundamental, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 206 de la norma Adjetiva Civil Vigente. SEGUNDO: Se ordena librar nuevamente los carteles en los diarios "EL PERIODIQUITO" y "EL ARAGUEÑO", para que el demandado ocurra a darse por citado en el término de quince (15) días de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del la norma adjetiva vigente. Y así se decide. Publíquese, Regístrese, déjese copia, Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José.....