En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PARTICIÓN AMISTOSA de Bienes de la Comunidad Conyugal, en los mismos términos expuestos en solicitud de fecha 20 de Abril de 2022, antes transcritos, presentada por los ciudadanos ARACELIS DEL CARMEN GUERRA GUEDEZ y ALEXIS JOSE MOYA SOTO, identificados con las cédulas de identidad N° V-5.366.466 y V-3.494.326, respectivamente, Así se decide.
SEGUNDO: SE LE IMPARTE carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide.
TERCERO: QUEDAN ADJUDICADO Los bienes inmuebles que se describen a continuación en su totalidad a la ciudadana ARACELIS DEL CARMEN GUERRA GUEDEZ, titular de la cédula número: V-5.366.466; quedando como úni.....