DECISIÓN: "...ÚNICO: INADMISIBLE la incidencia de recusación propuesta por el abogado LUIS MANUEL AGUILERA PEÑALVER, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-7.193.279, y debidamente inscrito en el inpreabogado, bajo el N° 254.415, en su carácter de Apoderado Judicial de la víctima, ciudadano IGNACIO LANDAETA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.746.253, en contra del Juez del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, abogado ISRAEL ALEJANDRO DAVID LOPEZ. Todo lo anterior se resuelve en seguimiento a lo expuesto en el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 102 del Código de Procedimiento Civil, como norma supletoria en Derecho Procesal..."