Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por ciudadana LUIGGIA CARRILLO DE GUTIERREZ, identificada con la cedula de identidad nro. V-5.483.607, debidamente asistida de la abogada MARTHA BRICEÑO ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 237.634, contra el ciudadano JOSE MARTIN GUTIERREZ SIVERIO, identificado con la cédula de identidad Nro. V-7.229.558, por haberse demostrado de que efectivamente el ciudadano JOSE MARTIN GUTIERREZ SIVERIO, antes identificado, mediante la dación en pago realizo el traspaso la propiedad, posesión y dominio del inmueble objeto del presente juicio al ciudadano ABRAHAM RUBEN GUTIERREZ MACHIN, identificado con la cedula de identidad nro. V-7.199.874. Así se decide.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del .....