En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cual acordaron las partes en el presente expediente, que con motivo de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoara la ciudadana MARÍA ELEUTERIA MORA DE BURGOS, venezolana, mayor de edad, casada, de Ocupación del Hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-15.353.277, en contra del ciudadano RAMÓN ALEXANDER BURGOS BRITO, venezolano, mayor de edad, soltero, de ocupación Mototaxista, titular de la cédula de identidad Nº V-13.151.467, en beneficio de su hijo LUIS EDUARDO BURGOS MORA, por haber alcanzado este la mayoridad, no encontrarse en la excepción de discapacidad y que ya no cuentan con la edad para solicitar la extensión por estudio.....