Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con medida de suspensión de efectos, incoado por la abogada MARIA TERESA MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.8.781, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro UNIÓN CONDUCTORES DE ANTIMANO, inscrita por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, bajo el Nº.60, Folio 204, Protocolo Primero, Tomo Nº.9, de fecha 10 de diciembre de 1960, contra la Providencia Administrativa Nº.313-05, de fecha 06 de abril de 2005, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de .....