En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de notificación de admisión de demanda por este Tribunal y de audiencia preliminar a la parte accionada: Empresa Mercantil SEGURICOR DE VENEZUELA S.A., a través de publicación de cartel en un diario de mayor circulación, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se exhorta a la parte actora a consignar nueva dirección de la parte accionada, a los fines de librar nueva notificación, en aras de la celeridad procesal y la correcta administración de justicia.