DECISION
Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara. PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por los ciudadanos TRINA MARIA CONCEPCION RIVAS y SOSIMO ANTONIO CORONADO HERRERA contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (GERENCIA REGIONAL INCE ARAGUA), ambos identificados en autos. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se ordena a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) a cancelarle a la ciudadana TRINA MARIA CONCEPCION RIVAS y SOSIMO ANTONIO CORONADO HERRERA las cantidades siguientes a la primera la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs./F.5.369,41) y al segundo la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS QUINCE BOLIVARES CON CINCUENTA Y DOS CENT.....