Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Procedencia de la Solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Grabar, solicitada por la parte demandante.
SEGUNDO: Con Lugar la Procedencia de Medida de Embargo Preventivo, solicitada por la parte demandante.
Líbrese y entréguese Despacho de comisión anexo a oficio dirigido al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTORES DE MEDIDA DEL ESTADO ARAGUA. Cúmplase.
No prejuzga este Tribunal con la presente decisión sobre el fondo del procedimiento, ni sobre posibles solicitudes de medidas que en un futuro puedan efectuar las partes, sino sobre lo aquí analizado.
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria .....