En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION anunciado por el Abogado LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 27.444, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana GLADYS ISMENIA PEREZ CAMPOS, titular de la cedula de identidad N° V-3.853.936, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado Superior, en fecha Seis (06) de Mayo de 2019. De conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Diarícese, regístrese, déjese copia certificada, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y librase oficio de remisión......