Por el razonamiento antes expuestos, este Tribunal vistas las normas antes transcritas y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, tiene incoado la abogada YESENIA COROMOTO MEJÍA DE MONTAUTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.156.595, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.266, quien actúa en nombre y representación de los ciudadanos ITALIA ROSA MONTAUTI DE CACERES, VENECIA MONTAUTI DE FURLANI, VALDEMAR MONTAUTI HERNANDEZ, FLOR ANDINA MONTAUTI DE JAIMES, DORA MARIA MONTAUTI DE SANCHEZ y MERY JOSEFINA MONTAUTI HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-429.289, V-1.239.921, V-2.057.602, V-3.101.878, V-3.284.487 y V-3.284.488, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES CENTRO PAEZ, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Aragua, en fecha 22 de noviembre de 2.011, b.....