-III-
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestos, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento por DIVORCIO 185-A, presentado por la abogada ANA GAUDY APONTE ARÍAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 189.333, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos SONIA MARÍA CELIS NUÑES y JESÚS ENRIQUE CHACON LOBO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.535.772 y V-4.665.228, según consta de poderes debidamente autenticados por ante la Notaria Cuarta de Maracaibo del estado Zulia, bajo el Nro.29, Tomo 178, Folios 102 al 104, de fecha 12/.....