En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de Defunción del ciudadano JUAN RAMON GONZALEZ GOMEZ solicitada por la ciudadana NINOSKA MEDARY MIZRAHI DE ROSSI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.640.320, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta de Defunción signada bajo el N° 1288, Tomo 4, del año 2000, en fecha 09 de junio del 2000, en el sentido de que donde dice;"deja seis hijos que son: RUTH; NELSON; HAYDEE; JORGE, LISBETH; JUMAR debe decir deja seis hijos que son: "RUTH MEDARI; NELSON; HAYDEE; JORGE, LISBETT; JUM.....