ÚNICO: Esta juzgadora como garante de derechos constitucionales y legales, así como controladora de la actividad del Ministerio Público, constata que de las presentes actuaciones se desprende que carece de la prueba que por excelencia exige el legislador patrio, como es la denuncia por parte de la presunta víctima y visto que del verbatum de la misma aún cuando manifiesta un posible acto de violencia sexual, se desprende de su declaración en sala es diferente a lo declarada en sala el día de hoy, no obstante a ello consta examen médico expedido por la DRA, YENNY CARREÑO ADSCRITA AL Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Maracay, a donde se evidencia dentro de las conclusiones que: ..."HIMEN DE MUJER NO VIRGEN, DESFLORACIÓN POSITIVA ANTIGUA Y ANO RECTAL SIN LESIONES..".. la víctima se ha retractado de la denuncia por toda vez que fue consentido, en razón de ello, ésta Juzgadora debe decretar LA NULIDADAD ABSOLUTA DE LA APREHENSIÓN, así como de las .....