DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el Veintiséis (26) de Julio de 2016, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : NICANDRO JESUS ARVELO CASTRO y ANACELIS DASILVA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.870.803 y V-16.762.756, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el 23 de Diciembre de 2011, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio José Félix Rivas, La Victoria, Estado Ara.....