DECISIÓN
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. INCOMPETENTE, para conocer la presente demanda interpuesta, por las abogadas Brigitte Di Natale A., Ccarol Arana y Yevelyn Manrique, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 36.287, 75.430, 90.665 y 107.975, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), por concepto de cobro de bolívares, contra la Cooperativa Biskaitarra R.L., representada por el Presidente de la Instancia de Coordinación, ciudadano Roger Fernando Flores Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.913.317, y solidariamente contra los ciudadanos Roger Fernando Flores Martínez, Jorge Luis Tabatti Navarro, Rafael de Jesús Perdomo Muñoz, Tomas Emilio Pacheco Acosta, Adegar Rafael Fernánde.....