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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos PEDRO JOSE SARMIENTO y MARIA VICTORIA MORENO, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-3.894.100 Y V-8.741.926. Respectivamente, que contrajeron matrimonio en fecha veintidós (22) de Julio del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1994), según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; la cual se encuentra inserta bajo Nº 115, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al folio.....