se establecen las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima, previstas en el artículo 90 numerales 5° 6° 13° de la Ley Especial, y las Medidas Cautelares contenidas en el artículo 95 numerales 1° 7° 8° Eiusdem, en consecuencia el imputado JEAN CARLOS GOMEZ MORALES. Tiene la prohibición de acercarse a la víctima y prohibición por sí mismo o a través de terceras personas realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la misma o algún integrante de su familia, las presentes medidas son compartidas. Se le impone al imputado ARRESTO TRANSITORIO POR VEINTICUATRO (24) HORAS, el cual deberá cumplir ante EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS MARIÑO