DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN, solo en lo que respecta al CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, celebrada entre el Demandante EDWIN EDUARDO COLMENAREZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.114.159, debidamente asistido en este acto por ARYUMERYS MARCANO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 18.273.659, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 201.538, en contra Compañía anónima PROMOTORA DE DESARROLLOS A.Z. (PRODEAZCA), representada por la ciudadana ELSA NUÑEZ DE ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.778.104 en su carácter de Vicepresidente y representante legal, en razón de que existen en las p.....