Mediante Auto este TRIBUNAL en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: PRIMERO: Oficiar al Director del Instituto de Policía del Municipio Piar, informe con carácter de urgencia si el acusado DIEGO ALFONZO SALAZAR, portador de la Cedula de Identidad N° 18.174.083, efectivamente se encuentra recluido en el Hospital Universitario "Dr. Manuel Núñez Tovar", y los motivos de ella. SEGUNDO: Practicar evaluación médica integral a través del médico forense para determinar las condiciones de salud del acusado DIEGO ALFONZO SALAZAR, portador de la Cedula de Identidad Nº 18.174.083, quien se encuentra recluido en la emergencia del Hospital Universitario "Dr. Manuel Núñez Tovar", a los fines de determinar Primero: Diagnostico de su estado de salud general. Segundo: Si padece de una enfermedad terminar, de ser así que enfermedad padece y tratamiento medico a seguir. Hágase lo conducente.-