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DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas (en Transición), en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita por las partes con ocasión a la Solicitud que por EJECUCIÒN DE HIPOTECA, sigue el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., contra las sociedades mercantiles APAS VENEZUELAN FRUIT, C.A, y CONTRATACIONES CHEMER DE VENEZUELA, C.A., todos identificados en autos. En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
En relación al levantamiento de las medidas este Juzgado proveerá por Auto separado.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo C.....