III
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley. DECLARA CON LUGAR la demanda por Desalojo incoada por el ciudadano LUCIANO ORIOLI SCUOPPO, identificado en autos, contra el ciudadano GUSTAVO ALFREDO MORA NIETO, identificado en autos, y en consecuencia, se CONDENA a la parte demandada a: PRIMERO: A hacerle entrega material a la parte demandante del inmueble arrendado constituido por un galpón, ubicado en la Avenida Ayacucho Sur, segundo (2do) cuerpo de la parcela Nº 38, Municipio Girardot de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, totalmente libre de bienes y personas en el mismo buen estado en que lo recibió. SEGUNDO: A pagarle a la parte demandante la cantidad de Veintiocho Mil Ochocientos Bolívares (Bs. 28.800,00) por concepto de cánones de arrendamiento insolutos y no pagados, correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo.....