DISPOSITIVA
Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarara SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano MARCOS GABRIEL RONDÓN MARÍN, acusado en causa penal tramitada por el Juzgado Décimo Octavo en Función de Juicio, asistido por los profesionales del derecho ABGS. DAVID ALFREDO MANRIQUE MALUENGA y RAFAEL MATOS ESTÉ, en contra de la Jueza Décima Octava de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Penal, Dra. XIOMARA BLANCO, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por no haberse acreditado la existencia de la causal imputada a la Jueza recusada.
Regístrese, publíquese, déjese copia, y remítase el cuaderno de incidencias al Juzgado Décimo Octavo de Primer.....