este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la este comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 277 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del Estado Venezolano, del hecho punible, al imputado LUIS ENRIQUE VILLARROEL. De conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal. Y le fija un REGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de CUATRO (04) MESES y se imponen condiciones.-