En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación, interpuesto por la abogada MARIA PATRICIA JIMENEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, contra la sentencia interlocutoria de fecha 22 de septiembre de 2014, emanado del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ANULA el fallo apelado. TERCERO: SE HOMOLOGAN las referidas transacciones presentadas por las partes, a las cuales se les confiere efecto de cosa juzgada.