DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado por los ciudadanos WANDA CAROLA ALESSIO DE FERREIRA Y SAMUEL FERREIRA MOREIRA, identificados con las cedulas de identidad N° V-11.051.024 y V- 9.686.082, debidamente asistidos por el abogado, LUIS GARCES, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 192.485, contra los Ciudadanos VICENZO CATALDO CARTUSCIELLO Y RITA COCILOVA DE CATALDO, identificados con la cedula de identidad N° V-7.246.286 y E-926.738, identificada con la cedula de identidad N° V-5.428.982, se inició con demanda admitida por auto de fecha 22 de octubre de 2024, Y ASÍ SE DECIDE.