Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 9 de abril de 2003, por el abogado Juan Calma Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.321.999, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.683, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente MIPLAN RECIPROCO MIPLAN, S.A, contra la Resolución N° 1688 de fecha 16 de enero de 2003, dictada por la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) y notificada a la recurrente en fecha 7 de febrero de 2003, mediante la cual se confirma las Actas de Reparo Nros. 041629 y 041630, de fecha 8 de abril de 2002. En consecuencia:
1) ANULA el acto administrativo supra identificado y por consiguiente las cantidades que se detallan a continuación:
i) La cantidad de DOS MILLONES CIENTO CUARENTA .....