Por los razonamientos, fundamentos y argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLEPOR INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, la demanda con motivo de INVALIDACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, FRAUDE ORDINARIO CIVIL, FALSA ATESTACIÓN DE TESTIGOS Y QUERELLA INTERDICTAL, incoada por la ciudadana MARIBEL DIAZ GUZMAN, contra el ciudadano MIGUEL IGNACIO DIAZ GUZMAN, ambos ut supra identificadas en el encabezado de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.