CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha 11 DE NOVIEMBRE DE 2025 (11-11-2025) solo con respecto al acuerdo de manutención realizado entre las partes, los ciudadanos JUAN STEVEN SIVIRA NIÑO y YORMARY NATHALY GONZALEZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad Nros V-24.419.053 y V-28.097.548, respectivamente, actuando a favor del menor: xxxxxxxxxxxxxx de (08) años de edad, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada. Se ordena imprimir dos ejemplares de la presente decisión a un solo tenor y efecto, de lo cual uno será remitido a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Sucre del Estado Aragua y otro a ser agregado a la presente solicitud.
Publíquese, regístrese