´Visto lo anterior, y siendo que no estamos en presencia de un acto administrativo definitivo, es forzoso declarar la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo de nulidad en relación al Informe Pericial signado Oficio Nº OFSS-ARA-CI-0010-2025 de fecha 28/01/2025. Así se establece.
En cuanto al acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa que declaró sin lugar el recurso de reconsideración, y en consecuencia confirmó el acto administrativo contenido en la Certificación Médica N° ARA-0055-2024 de fecha 05 de abril de 2024, mediante la cual, se determinó que el ciudadano JHOAN CIFUENTES LIZARAZO, cédula de identidad N° V-22.339.418, sufrió un accidente de trabajo, se precisa:
Que, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la acción de nulidad incoada c.....