PARA DECIDIR EL TRIBUNAL OBSERVA :
PRIMERO: En éste procedimiento se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales señalados en el Artículo 185-A del Código Civil, una vez admitida la demanda, compareció el día 03 de Diciembre de 2007, el Ciudadano PULINARIO GUEVARA LISERIO, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio RHINA COLTAT, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.375 y manifestó su conformidad con la solicitud introducida por la Ciudadana AURA MARINA FREITES HERNANDEZ y notificada la Fiscal del Ministerio Publico del Estado Aragua, en Materia de familia
SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formu.....