Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMAENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de de julio de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana BELINDA DEL CARMEN GIL JEREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.038.565, y en consecuencia SE CONDENA al ESTADO ARAGUA, a cancelar a la demandante, ya identificada, la suma establecida en la motiva del presente fallo. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, n.....