En ese orden de ideas, este Juzgado Superior Agrario, declara INADMISIBLE las pruebas promovidas por el Abogado Luis Antonio Lleras Mendible, ya identificado, en el particular I por no constituirse el merito favorable como una prueba propiamente dicha, pues mas allá de promover elementos que se constituyen como pruebas, busca es originar que sean valorados los meritos que se consideren favorables de las actas, las cuales versan sobre una serie de alegatos y defensas. Asimismo declara inadmisibles las pruebas promovidas en el particular II, por no ser permitidas en esta alzada, de conformidad a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Con respecto a los particulares IV y VI, se declaran inadmisibles dichos medios probatorios, en virtud de que si bien, son documentales emanadas de empresas Estadales, no pueden equipararse las mismas a documentos públicos o documentales públicos administrativos. De igual forma, se declara inadmisible la prueba promo.....