Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución En Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: PUBLIO PUERTA JUSTINO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-13.908.710, Fecha de Nacimiento: 16.06.1978, Lugar de Nacimiento: Maracay, Edad: 40 años, Estado Civil: Soltero, Profesión: indefinida, Residenciado en: Sector Barrio Andrés Eloy Blanco Calle Pinto Salinas Casa Nroº 11, Parroquia Lamas Municipio Lamas Santa Cruz Estado Aragua, a cumplir la pena de ABUSO SEXUAL A NIÑA SIN PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 259 encabezado con el agravante del 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Asimismo se le participa que dicho ciudadano se encuentra en libertad pudiendo optar al beneficio de la su.....