En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos RAUL ALEXIS FARIA LOZADA y MARIA GIOVANNA COLLI GONDURAK, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-11.029.455 y 8.829.466 respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 16 de enero de 2008, por ante la primera autoridad Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia, Acta de matrimonio inserta bajo el Nº 07, año 2008. Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDIN.....