III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana SANDRA CAROLINA PERAZA BLANCO, identificada con la cédula de identidad N° V-11.086.310, en su condición de poseedora de las bienhechurías que se encuentran construidas sobre una extensión de terreno de CIENTO DIECISIETE METROS TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (117,39Mts2), y una superficie de construcción de SETENTA Y CINCO METROS VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (75,27Mts2), ubicada en la siguiente dirección: PARROQUIA SAMAN DE GUERE, FUNDO EL SAMAN NACIONAL, SECTOR SAMAN DE GUERE, PROLONGACION PRINCIPAL, PARCELA Nº15, JURISDICCIÓN DEL MUNICI.....