En fundamento a lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE su aprobación y homologación al DESISTIMIENTO del procedimiento, efectuado por ambas partes intervinientes en el presente juicio por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, intentado por la Ciudadana NELLYS GUERRA DE PIBERNAT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.700.073; contra la Sociedad Mercantil ESCUELA BASICA DAVID AUSUBEL, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 31 de Agosto del año 2.007, bajo el N° 40, del Libro A-10, del Tercer Trimestre, representada por la ciudadana FLOR DELYS REYES SERRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identid.....